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A gran escala - Javier Padilla · Apr 12, 2026

Ley General de Sanidad (I): del falso consenso a lo que vendrá.

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Javier Padilla Bernáldez · A gran escala - Javier Padilla

Extracto del BOE donde se publicó la Ley General de Sanidad.

Este mes se cumplen 40 años de la Ley General de Sanidad, y voy a aprovechar para dedicarle cuatro textos (razonablemente breves) en estos días. Además, visto lo visto esta semana, vamos a asistir a una riada de afirmaciones sin rastro de duda en su interior acerca de lo imprescindible de su reforma, peticiones de cambiar cosas que ni siquiera existen en dicha ley y halagos al consenso existente cuando se aprobó.

No se aprobó con consenso. Ni muchísimo menos. Alianza Popular (que posteriormente evolucionó al Partido Popular) presentó una enmienda a la totalidad en el Congreso de los Diputados, así como Minoría Catalana y el CDS. Recomiendo leer el diario de sesiones del Congreso al respecto para analizar el debate que tuvo lugar. La dulcificación del pasado tiende a hacernos pensar que lo que surgió en contexto de conflicto no fue más que una oda a la unanimidad y la paz discursiva.

Esta frase de Romay Beccaria, de Alianza Popular (y posterior ministro de sanidad con el Partido Popular) ejemplifica muy bien el estado de las cosas en aquel momento:

“lo primero que lamentamos es que el proyecto venga aquí sin ese consenso de las fuerzas políticas (yo no sé hasta qué punto se ha intentado, pero, ciertamente, no se ha conseguido), sin ese respaldo de las fuerzas sociales, sin esa asunción por los profesionales que van a tener que aplicar la ley, sin lo cual, de antemano, está condenada al fracaso”

Condenada al fracaso nacía la Ley General de Sanidad, según el principal partido de la oposición en el año 1985 (cuando se celebró el debate de totalidad del proyecto de ley general de sanidad), y 40 años después parece haber logrado algo que no por frecuente deja de ser reseñable: ser defendida, con el paso del tiempo, por muchos de quienes se opusieron, hasta el punto de llegar a reivindicar su acuerdo desde un inicio renegando de las posturas previas.

Es muy recomendable leer el debate de totalidad de la ley (se puede encontrar en el diario de sesiones de los días 11 y 12 de junio de 1985, en este enlace), para analizar la representación del disenso, ver los paralelismos con muchos debates parlamentarios recurrentes en el tiempo y observar qué tipo de proyecto de sistema sanitario podría haber salido si quienes hubieran redactado la ley en aquel momento hubieran sido otros.

La ley general de sanidad, pero no solo la ley general de sanidad.

Cuando la Ley General de Sanidad entró en vigor, estaba vigente la Ley de bases de la Sanidad Nacional, del año 1944 (da la casualidad de que esta tenía por aquel entonces aproximadamente el mismo tiempo que la LGS tiene ahora). Desde entonces, a pesar de que la Ley General de Sanidad puede considerarse el texto fundacional de nuestro Sistema Nacional de Salud (como ahora lo entendemos) y uno de los hitos de nuestra historia democrática, ha habido un abundante desarrollo legislativo en estas cuatro décadas de su vida legislativa.

La Ley General de Sanidad podemos concebirla como una semilla normativa que floreció en muchos otros textos normativos, debiéndose destacar, principalmente, la Ley 25/1990 del Medicamento (actualmente lo vigente es el Real Decreto-Ley 1/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios), Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente, la Ley 16/2003 de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, la Ley 55/2003 del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, la Ley 33/2011 General de Salud Pública. Podríamos añadir también, por su calado, la Ley 15/1997 sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud y el Real Decreto Ley de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

Es decir, en estos años ha habido una abundante producción legislativa que ha legislado sobre los elementos fundamentales del sistema sanitario en un contexto de descentralización de las competencias asistenciales y de gestión, pero con notable ambición por parte de la legislación central.

Cabe destacar que absolutamente todos los textos citados en el párrafo anterior han sido objeto de modificación o lo están siendo por parte de algún proyecto normativo en tramitación o aprobado en la presente legislatura.

Tener estos aspectos en cuenta es necesario para trascender la relación cuasi-fetichista con una ley clave como la Ley General de Sanidad, y así poder aprovechar este cuadragésimo aniversario para hacer memoria de la trayectoria previa a la LGS y del contexto de su aprobación, identificar las cosas que, aún estando presentes en la norma, no llegaron nunca a culminarse de manera satisfactoria y poder mirar al futuro sin caer en la ilusa a la par que inmovilizadora idea de que una nueva Ley General de Sanidad sería la varita mágica que eliminara de nuestro Sistema Nacional de Salud toda sombra de crisis (estructural).

En los próximos días publicaré otros tres artículos analizando el camino y culminación de la Ley General de Sanidad, sus modificaciones y acompañamientos legislativos en estos 40 años de vida y, por último, lo que podemos necesitar de cara al futuro.

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Read the original on agranescala.substack.com

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