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Esto es Deporte al Derecho.
Buenos días, buenas tardes y buenas noches.
Desde donde y como nos oigan, este programa Deporte al Derecho, un programa de La Voz del Derecho, tiene un reestreno, porque por razones que ya vamos a contar, Santiago ya es un programa absolutamente internacional.
Hay un colombiano, Andrés Charria, que está en Colombia, un español, Rafael Alonso, que está en España, en La Coruña, Andrés está en Bogotá, y nuestro nuevo gringo, Santiago Kavit, se trasteó a Santa Clara, California, y por lo tanto tenemos un margen de horarios, creo que él está como a las 8 de la noche y Rafa está como a las 8 de la mañana, y Rafa está como a las 6 de la tarde.
Entonces, Deporte al Derecho se volvió absolutamente internacional.
Repito, Santiago Kavit, Rafael Alonso y Andrés Charria.
Tenemos una cantidad de temas.
Nuevamente salen a la palestra los deportistas trans, en este caso en el Deporte Universitario Colombiano, y hay muchas cosas, pero todavía son noticias muy de redes sociales que no hay mucha claridad.
El caso de la transferencia internacional de jugadores, que digamos que es el plato fuerte del caso de Arrá, parece que está empezando a caminar.
FIFPRO, FIFA, las asociaciones de ligas, y todo el mundo está empezando a manejar un nuevo sistema de transferencias o está empezando a dar ideas de que el sistema de transferencias va a cambiar.
Es posible que las cláusulas de rescisión ya no estén, es posible que el artículo 17, sobre todo que hable de la solidaridad del pago de los nuevos clubes también se excluya, pero hay muchas cosas.
Entonces vamos a hablar hoy de eso.
Repito, no va a ser un tema muy académico, va a ser un tema más de opinión, de qué creemos nosotros, porque no sabemos nada.
Ni siquiera sabemos si el fallo de Arrá ya se solucionó.
Todo es una caja de chismes, de ideas, de noticias muy gaseosas en las que dicen que esto va a cambiar.
Pero todavía no sabemos nada.
Rafa, Santiago, buenos días.
Buenas tardes desde España, buena mañana para Colombia y buenos días recién despertado para Santiago, en California.
Pues sí, efectivamente, el programa de hoy podemos hacer después una especie de recordatorio, porque básicamente en octubre del 24 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó la sentencia del caso de Arrá, que vino a declarar que la reglamentación contenida en el artículo 17, fundamentalmente, del estatuto de transferencia y estatuto de jugadores de FIFA era contraria al derecho comunitario de la competencia, porque restringía la libertad de circulación de los futbolistas como trabajadores en relación con la responsabilidad solidaria del club que quisiera contratar a un futbolista después de que este hubiera recedido sin justa causa, la falta de transparencia o de criterios objetivos para determinar las indemnizaciones en los presupuestos de resolución sin justa causa y el posible carácter desproporcionado de las sanciones disciplinarias por incurrir en estos supuestos.
Esto fue, como digo, en octubre del 24 y FIFA movió ficha rápidamente y en diciembre del 24 envió una circular estableciendo una reforma del reglamento del estatuto de transferencia de jugadores con un carácter transitorio y anunciaba el inicio de unas negociaciones, un diálogo con los principales interesados para llevar a cabo la modificación definitiva del reglamento para adecuarlo a los postulados del Tribunal de Constitución Europea plasmados en la sentencia diarra.
Bueno, pues ahora se acaba de anunciar, esto es un poco lo que vamos a desarrollar en el programa de hoy, que ese comité creado para consensuar esas reformas definitivas pues ya está trabajando y ya tiene unas directrices, unas líneas maestras de cómo se va a desarrollar.

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